
La personera estudiantil es una alumna de grado undécimo que se encarga de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes tal y como lo contempla la Constitución y el manual de convivencia. Es elegida democráticamente y sus funciones son:
* Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes como miembros de la comunidad educativa.
* Presentar ante la rectoría y el consejo directivo las solicitudes que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de los deberes.
* Promover y velar porque el estudiante actué con libertad y respeto de conciencia.
* Estar atenta al cumplimiento del manual de convivencia.
* Instruir debidamente a los estudiantes que manifiesten la intensión de formular alguna petición o queja.
* Promover ante las autoridades que conforman el gobierno escolar, lo que estime conveniente para la mejora y prosperidad del colegio.
* Estar atenta al correcto funcionamiento y desarrollo de las actividades que deben cumplir las autoridades del gobierno escolar.
* Velar y promover por el correcto funcionamiento de la participación de la comunidad educativa, en las diferentes actividades que se desarrollen en el establecimiento educativo.
* Intervenir como conciliadora entre directivos, profesores y estudiantes cando se presente algún conflicto, agotando siempre el conducto regular en procura de concretar soluciones adecuadas.